Hace tiempo decidí comprar un disco de José Mercé. Aunque personalmente no suelo comprar mucha música o cine, cuando algo realmente me gusta suelo pasar por caja. Y eso fue lo que hice con el último trabajo del cantante y compositor jerezano. Pero cuál sería mi sorpresa cuando introduje el CD en el reproductor del coche y no me funcionaba. Estuve indagando lo sucedido y concluí que el sistema de protección anticopia lo impedía. Me dispuse entonces a ripearlo, enchufé el ordenata, abrí iTunes —el mejor reproductor para Mac y PC con diferencia— y traté de comprimirlo en un formato sin pérdida de calidad perceptible. Pero nada, fue también imposible. ¿Qué hacer pues, si la mayoría de la música la oigo en los trayectos hacia y desde el trabajo o en mi inseparable iPod?. Además de enviar un email como protesta de la que no obtuve respuesta alguna, me fui a un programa de esos llamados punto a punto, peer to peer o P2P y me bajé el disco, en poco más de una hora lo tenía en mp3 y sin limitaciones de ningún tipo.

El caso es que la copia privada está contemplada en nuestro ordenamiento jurídico, si compramos música podemos copiarla en un CD o en un cassette para oírla donde nos plazca. Lo que nunca se pudo hacer es hacer copias a diestro y siniestro para venderlas en los mercadillos, como ocurría hasta hace poco tiempo en el antecesor del hoy archifamoso top-manta. Que todo estaba inventado, aunque nos quieran hacer pensar lo contrario. El contrasentido se produce cuando se venden CDs protegidos con estos sistemas anticopia y además la Sociedad General de Autores de España, la SGAE, cobra un canon por cada Cd virgen que llega al mercado. Imagino que más que una contradicción, alguien está incurriendo en una flagrante ilegalidad que habría que llevar a los tribunales.
Pero es que además, no se puede presuponer que los soportes para el almacenamiento de datos digitales se usen siempre para copiar contenidos sujetos a derechos de propiedad intelectual. La mayoría de mis cederrones están llenos de archivos generados por mí mismo, principalmente diseños de publicaciones que llevo a las imprentas o conjuntos de fotografías que ya saturan los discos duros que tengo instalados. ¿Por qué tenemos que pagar a la SGAE si en cierto modo todos somos creadores de contenidos? Y si pagamos religiosamente ¿no deberíamos cobrar en proporción? ¿qué hay que hacer para ser miembro de esa cofradía?
Mientras se sigan produciendo este tipo de despropósitos parece que de alguna manera nos autorizan a copiar para uso individual aquello que nos plazca. Si pagamos un canon genérico y si además no podemos hacer copias privadas de nuestros CDs comprados legalmente, creo que habría que hacer caso a lo dicho por Jorge Cortell, makero y linuxero de pro, en la conferencia inaugural de la Campus Party de Valencia: COPIAD COMO POSESOS. O al menos, si no se tiene claro del todo, como hace un compañero músico, piratead música sólo de autores ya fallecidos, consagrados o de aquellos de los que tenemos cintas o vinilos, que para la música que se hace en la actualidad…
Pozezo
Yo la verdad he de confesarlo:
¡¡NO SOY PIRATA!!
Lo descerebrado de la situación, la incoherencia de las decisiones legislativas impuestas, y el daño social amén del desproposito que supone tal arbitrariedad al dar tanta razón a unos (la SGAE) y tanta indefensión a otros (los consumidores) son los factores que catalizan este movimiento revendicativo respecto al Canon por copia privada.
Yo he leido en algún lao que además la SGAE quiere cobrar también por la celebración de todo tipo de fiestas populares en las que se ponga musica ¡UN 7% DEL PRESUPUESTO!, creo que m’estoy amajaronando una mijilla con todo esto.
Creo que es interesante esto que he leido, amasado…:
Como artista humilde (toco la armonica de blues) pienso que ojala me copiaran sienes y sienes de veces (me haria popular)…
Leo de la entre vista al Sr. Bautista (antes Tedy el peluo, lider del grupo de rock los Canarios, antes persona y artista ¿ahora?):
P. ¿Pero el canon?
R. El canon no es un canon; es simplemente un derecho que compensa la pérdida que se produce cuando por medios tecnológicos lo que antes era un producto singular deja de serlo y entonces disminuye la venta.
P. ¿Por qué lo tiene que pagar todo el mundo?
R. Cuando alguien compra en un centro comercial, está pagando lo que roban otros. El precio de mercado de un producto lleva implícito los riesgos de la comercialización. Si no supiera que existe el canon, estaría comprando el producto sin más. Aquí ha habido una campaña orquestada por la Business Software Alliance (BSA).
Y REFLEXIONO:
El que un comerciante tenga los criterios que tenga para poner precios a los productos que vende es un derecho recogido en nuestra constitución y es fundamento esencial de esta (buena o mala) economia de mercado.
PERO cosa bien distinta es que sea el estado quien intervenga para proteger los intereses de unos (la sociedad general de autores) fundamentandose en la presunción de CULPABILIDAD EN EL USO QUE SE DAN A UNOS PRODUCTOS …por parte de una comunidad enorme y heterogenea (los usuarios en general).
Me parece que la diferencia es grande y obvia.
El mercado siempre se ha defendido a si mismo y camaron que se duerme la corriente se lo lleva.