El tribunal de excepción también conocido como Audiencia Nacional, reunido en pleno tras la petición de un juez conservador, prácticamente ha condenado de facto a muerte a Iñaki de Juana Chaos tras una ofensiva mediática absolutamente brutal de los hooligans del inmundo y la coPPe. Este etarra, condenado por una sentencia de pura ingeniería legal a 12 años de cárcel por delitos de presuntas amenazas vertidas en un medio de comunicación de la izquierda abertzale, se encuentra en huelga de hambre tras cumplir una condena de 18 años por 25 delitos de asesinato cometidos en el seno de la banda terrorista ETA en los años ochenta.
La presión ejercida por los sectores más conservadores y la amplia discrecionalidad con la que cuenta la judicatura en la aplicación de ciertas leyes de dudoso marchamo democrático, llevaron a construir un nuevo caso para evitar la excarcelación que le correspondía en estricta aplicación de la ley. Ese y no otro es el motivo que ha impulsado a De Juana a iniciar una huelga de hambre que lo ha situado en una delicada situación en la que se teme incluso por su vida a pesar de ser alimentado por la fuerza en el hospital 12 de Octubre de Madrid con una sonda por la nariz.
Desde mi punto de vista, durante estos días se han dicho muchas mentiras e inexactitudes sobre el caso, por eso me gustaría hacer algunas matizaciones:
· De Juana está en la cárcel por un delito de opinión, los cargos por terrorismo —nos guste o no— están ya pagados con la justicia.
· Es un preso preventivo, pues la aberrante sentencia condenatoria no es firme y está recurrida en otra instancia superior.
· El fiscal, tras la asesoría de las autoridades sanitarias, ha concluido que iniciar un nuevo ciclo de alimentación asistida y forzada puede poner en claro riesgo su vida.
· Hay muchos precedentes de excarcelaciones por temas de salud física o mental. Baste recordar al general Galindo y su leve arritmia.
· La sentencia recoge que los problemas de salud que padece son escogidos por su persona y que el estar en la cárcel no influye en su estado de salud. ¿Acaso el intento de suicidio no tiene nada que ver con el hecho de estar encarcelado injustamente?. Si la cárcel produce depresión e intentos de suicidio se pueden considerar otros tipos de reclusión, ¿por qué no se han considerado en este caso? ¿le han quitado la venda a la justicia? Cualquiera de las dos soluciones de las barajadas hubiera servido para mejorar la calidad de vida del preso, tanto la prisión domiciliaria como la libertad condicional hubieran sido ajustadas a derecho, sobre todo existiendo la posibilidad real de muerte tratándose de una sentencia no firme.
· Muchos han comentado que la huelga de hambre es un chantaje al estado como si ello fuese algo desconocido, inaceptable y totalmente ajeno a nuestra política, parece que olvidan lo que durante estos días han hecho algunos medios de comunicación, lo que lleva haciendo el PP desde hace un par de años o la labor carroñera y pancartera de la AVT erigida en único representante legítimo de las víctimas del terrorismo a pesar de tener inscrita a una muy pequeña parte de las mismas.
· Es curioso cómo muchos fachas se erigen ahora en defensores de la libertad de elección del momento de la muerte de una persona cuando muy pocos minutos después atacan a diestro y siniestro a cualquiera que pretenda reactivar los debates sobre la regulación de la eutanasia, tan necesaria como pendiente en cualquier sociedad actual que se precie.
· Si, finalmente, De Juana muere, ETA tendrá un balón de oxígeno que frenará su inexorable degeneración y más motivos para tomar la venganza que anunciaron en su último comunicado. Pero para el PP, cuanto peor, mejor. Está claro que desean el recrudecimiento del conflicto para que no exista ni un sólo atisbo de solución definitiva del problema vasco, ni el de la violencia ni mucho menos el político. Ese, y no otro, es su juego.
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Más información en El Plural y aquí y aquí, en el mismo diario.
¿Qué te puedo decir? a veces «envidio» tus artículos tan impecable como éste. Lo comparto al cien por cien, y si no lo paso a mis perlas bloguísticas es porque a ti te leen más que a mi.
Salud compañero mackero
Sólo por matizar…
1º- De Juana Chaos no está en la cárcel por un delito de opinión, sino por un delito de amenazas terroristas. El delito de amenazas está tipificado en nuestro código penal a través de su artículo 169, y penado con Prisión de 30 meses a 5 años, y su texto es el siguiente:
«El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado:
Con la pena de prisión de uno a cinco años, si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condición, aunque no sea ilícita, y el culpable hubiere conseguido su propósito. De no conseguirlo, se impondrá la pena de prisión de seis meses a tres años.
Las penas señaladas en el párrafo anterior se impondrán en su mitad superior si las amenazas se hicieren por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, o en nombre de entidades o grupos reales o supuestos».
2º- Lo que está recurrido ante el Tribunal Supremo (TS) no es la sentencia por comisión de delito, es decir, la defensa no pone en duda que el delito de amenazas exista o se haya cometido, sino la dureza de la condena. Aduciendo para ello que el Tribunal no tuvo en cuenta el atenuante de desconocimiento de comisión de delito por parte del condenado. Teniendo en cuenta que es un asesino terrorista convicto y que, además, este delito de amenazas lo convierte en reincidente, posiblemente el TS rebaje la pena, pero no a menos de 8 años.
3º- El Fiscal General del Estado eleva esta petición a la Audiencia Nacional porque cuando el Estado se convierte en sujeto de indefensión ese es su trabajo.
Me explico.
En nuestro ordenamiento jurídico existe una figura que es la de peligro vital por cumplimiento de condena. Este supuesto se aplica a aquellos condenados cuya vida corra riesgo por el cumplimiento de su condena – enfermos de SIDA o cáncer terminales, etc, etc-. Si esa figura jurídica no existiera el Estado estaría aplicando una pena de muerte encubierta. Para que el Estado no cree esa duda con respecto a De Juana Chaos el Fiscal General del Estado se dirige a un órgano superior a fin de que derime si ese supuesto es aplicable o no, y, en este caso, la Audiencia Nacional llega a la conclusión de que el supuesto no es de aplicación en este caso, ya que quien pone en peligro la vida de De Juana Chaos no es el cumplimiento de la condena, sino el propio De Juana Chaos.
Que la realización de su trabajo por parte de la fiscalía general del Estado sea usado como excusa por el PP para poner en duda su trabajo es de tal ridículo que hay que ser imbécil para sacarlo a colación. Por una cuestión muy simple, porque si ahora mismo estuviera gobernando el PP, su fiscal hubiera tenido que hacer exactamente lo mismo.
4º- Si quien estuviera en huelga de hambre fuera un violador de niños en vez de un terrorista asesino convicto, confeso y reincidente… ¿Estaríamos discutiendo sobre si el pobre se va a morir porque no quiere comer? Permíteme dudarlo.
Ya digo, sólo por matizar…
Ôo-~
Maticemos pues:
No hace falta que pongas la literalidad del supuesto delito. La cosa es por qué se le acusa de ese delito en concreto y no por uno de injurias y calumnias como habría podido ser el caso. Muchos juristas hablan de que no existe delito alguno y hay quien opina que la sentencia firme puede ser absolutoria, no de 8 años como comentas, ya que partes del mismo punto que los jueces de la AN.
Si una persona cualquiera vierte las mismas amenazas que De Juana en un periódico, ¿se le aplicará dicha norma? Me temo que no, si Losantos dice en la COPE que el alcalde de San Sebastián debería aparecer flotando en las aguas del Tajo, ¿lo meterán en la cárcel? Me temo que no. De Juana ya cumplió por delitos de terrorismo y debería salir a la calle en un estado democrático cualquiera. El propio tribunal habló sólo de «amenazas veladas», es un auténtico despropósito se mire por donde se mire. Nunca se ha impuesto una condena similar por lo que la defensa considera un caso de «Derecho Penal de autor puro y duro», no comparte la tipificación que cuentas. Es una condena política y es pura venganza, algo que parece poco «justo»
De Juana en los artículos criticaba a varias personas, no las amenazaba, se le condena por «señalamiento», o sea que a De Juana de facto se le prohibe criticar a nadie porque en el pasado fue terrorista y no hay pruebas de que se haya arrepentido. De pura república bananera o dictadura fascista, oiga.
El problema es que a los jueces se les deja un abanico brutal para decidir, hay leyes que no están claras. Algunos pueden pedir la absolución y otros condenarlo a cadena perpetua, y todo es legal. ¿Eso cómo se come?
Como dijo Pacheco, «la justicia es un cachondeo»
Hola Juanlu:
1º Informarte de que ya tengo blog
2º Quien se condena a muerte es de Juana Chaos, ni sus propios compañeros de ETA apoyan su huelga de hambre.
3º Lo peor que puede pasar en este caso, es que este tipo se mate a si mismo y se resposabilice al gobierno de esa muerte.
No te lo tomes a mal compañero Sun Tsu, pero sigo estando del todo de acuerdo con BITS. Puta mierda de compartir muchas cosas de la misma ideología. No es casualidad, es pura causalidad.
Por cierto, el otro día me comentó en chat mi amigo Turrai, que estaba bastante de acuerdo en muchas cosas contigo, pero que como partíais de premisas diferentes, le parecía un trabajo inmenso ponerse a discutir contigo a través de comentarios a un post (me dirijo ahora al compañero Sun Tsu). Sabes que con el tema de Catalunya y Euzkadi no es fácil llegar a acuerdos cuando se parten de premisas diferentes. Mira tu cantidad d’emails con Lluís y no concretastéis nada en absoluto.
Yo pienso que para entender el «problema catalán» o el vasco se debe haber, casi como aquel que dice, en Catalunya o en Euskadi. Siempre vamos a pensar diferente. Turrai me dijo que le habías caído muy bien, sin embargo, pero que el problema siempre radica en sentirse perteneciente o no a un grupo que puede o no decidir por tu grupo.
Bueno, no vale la pena empezar otra vez a discutir de eso y tampoco es el tema de este post. Lo que pasa, Sun Tsu es que tú te acoges mucho a las leyes pero los poderosos, la justícia y el gobierno se pasan las leyes por los cojones cuando les interesa, ante tal panorama, ¿qué hacemos? si ni siquiera hemos creado nosotros las leyes. Mi «norma» es, siempre que se pueda, la «desobediencia» civil, política o llámala como quieras, si no está consensuada y especialmente razonada por los ciudadanos en peso.
Pero bueno, ahí estamos todos en la lucha, me imagino.
Salud compañeros y un abrazo fraternal
Quería decir se debe, casi como aquel que dice, «haber nacido» en Catalunya o Euskadi.
No estoy de acuerdo en nada.
Hola Jordi, perdona que no me refiriera a tu comentario antes, pero al ver el del compi Sun_Tsu, me metí en faena del tirón… Gracias, ya al menos somos 2 😉
Yo soy andalú, pero siempre he prestado atención a los temas del nacionalismo, no en vano de chiquitillo milité unos meses en el independentismo sureño hasta que el PSA (ya PA) nos disolvió tras unos incidentes que comenzaron con la quema de una bandera española 😆
Hoy no se puede hablar de esos temas en Andalucía, salvo quizá Nación Andaluza que es algo testimonial. Por eso está claro que cualquier cambio de modelo en el estado (hacia el federalismo y el republicanismo) deberá venir por los impulsos catalán o vasco.
Y volviendo al tema anterior, creo que he dejado clara la postura, desde luego las referencias como premisas para un análisis riguroso no pueden ser leyes represoras antidemocráticas, ni tribunales de excepción, ni muchos menos los jueces neocons y sus hooligans; no al menos las mías, ni las de ningún objetor o desobediente que se precie 😆
Juanu, el delito de injurias y calumnias no tiene en absoluto nada que ver con el delito que la propia defensa de De Juana Chaos no pone en duda en su apelación. En cuanto a que muchos juristas hablan de que no existe delito alguno, cuando su propia defensa en la apelación no pone en duda la comisión de dicho delito, es mentira. Y quien opine que en una apelación dirigida a la reducción de condena por delito cometido el TS va a derimir que existe una absolución (¿…?), cuando la apelación no va en ese sentido… pues ni son juristas ni tienen la materia gris suficiente como para decir algo al respecto que tenga sentido.
Yo no entro en si una persona cualquiera hace ese tipo de amenazas o no. La cuestión aquí es que De Juana Chaos sí lo ha hecho y en virtud a ello se le condena basándose en el artículo 169 del código penal. Que existe, que es, y que está ahí, sobre todo para asesinos convictos, confesos, reincidentes y que, para colmo de males, no sólo no abjura de su pertenencia a ETA sino que además se jacta de ello. Eso de que De Juana Chaos no amenazaba, sino que «criticaba» a algunas personas, sobre todo de la judicatura, ya intentó hacerlo colar la defensa durante el juicio. Frases como «X usa su titulación para encarcelar a personas que son contrarias a las tesis españolistas que defiende. Sería de otra forma si la capacidad de aquellos que empuñan las armas por la libertad de Euskadi fueran capaces de llegar hasta él (…)», no deja mucho espacio a la duda. Es más, si esto no es una amenaza y un señalamiento como objetivo, yo soy James Brown.
Ah, y antes de que se me olvide, una dictadura fascista es intentar bajo el poder de las armas, mediante la amenaza del asesinato, del secuestro y la extorsión que, dentro de una democracia, inculcar el miedo entre los ciudadanos para conseguir lo que se quiere. Te lo recuerdo por si has olvidado lo que significa una dictadura. Yo no me olvido.
A propósito, como ya he dicho en otras ocasiones, claro que juego con ventaja, me gustaría mucho que cuando alguien dice que existen leyes «antidemocráticas», he llegado a leer incluso de «excepción», me lo razonara para poder descojonarme a gusto.
Jordi Gomara, pues es muy simple. Yo no tengo ningún problema para hablar con gente del PNV y de CiU, aún siendo los dos más de derechas que Rajoy, y nacionalistas. La cuestión es que son nacionalistas pero no ponen en duda el sistema que tanto trabajo le costó a mi abuelo, y al abuelo de tanta gente, conseguir. Es más, y al abuelo de tanto vasco y de tanto catalán. Tengo muchos amigos vascos y catalanes con los que hablo de nacionalismo, aunque desde puntos de vista muy diferentes a los que, al parecer, parece seducir a algunos. En cuanto a Lluis, sigo esperando que me diga algo con respecto a la dirección de mail que le di del profesor de Derecho Constitucional que le pasé… Claro que me puedo esperar sentado.
Ôo-~
Santi, la defensa pide la libre absolución…
Kfar, como le dijo Apple a IBM cuando «inventó» el PC, Sincerely Wellcome 😉
Un artículo en línea con lo expuesto hallado en Moscas en la Sopa:
Justicia de excepción
Sun, a este tipo de leyes antidemocráticas me refería, las pongo en palabras del gobierno vasco:
Declaración institucional del Gobierno vasco sobre la deriva de la justicia
Juanlu, no, la defensa pide que se tenga en cuenta un total de cinco atenuantes, entre ellos el de desconocimiento de comisión de delito.
En cuanto a leyes antidemocráticas…
Lo que me estás diciendo es que una ley que lo único que pide para poder ser partido político en nuestro país es la condena de la violencia, ¿¿¿Es antidemocrática??? Pues perdona que te lo diga pero si eso es así lo único que hay que hacer es acudir al Tribunal Constituciónal para derogarla. Raro es que batatasuna no lo haya hecho ya, o que el propio Gobierno Vasco no se haya lanzado haciendo el suplicatorio. Lo de que exigir en una democracia que los partidos políticos que concurren a las urnas condenen la violencia sea una cuestión de excepción judicial… hombre, queda bien en la herriko taberna pero vamos, fuera de ahí…
P.D.
El macrosumario 18/98 va desde negocios que financiaban a la organización terrorista, hasta agencias de viajes que se encargaron, en su momento, de conseguir desde falsificación de documentos hasta billetes de avión extendidos a nombres supuestos, por ejemplo.
La ley de Partidos no interviene en las acusaciones que penden sobre los imputados en dicho proceso, es más, es que no tienen absolutamente nada que ver. Decir que la legislación antiterrorista se ha «ampliado» es simplemente mentir, y el delito de amenazas está tipificado en el Código Penal, independientemente de si quien amenaza es un terrorista o no, en todo caso serlo cuando se amenaza sirve como agravante a la hora de la sentencia. Nada más.
Ôo-~
Propongo que todos los presos de España, se ponga en huelga de hambre, ¿que hacemos?, excarcelamos a todos y ponemos un par de polis en su casa para que los vigilen y no se escapen.
No sé Juanlu, esta vez no, no creo que la justicia este siendo más injusta con De Juana, que ETA ha sido con el resto del mundo, en el atentado del pasado 30 de diciembre hubo dos muertos que no tuvieron la opción de ponerse en huelga de hambre, directamente los mataron, nadie les pregunto si querían morir allí, o en su casa vigilados, o simplemente no querían morir, ¿son acaso los terroristas más justos?, esto es como si yo te soplo en un ojo y tu me arrancas el hígado.
Sun, no tengo más datos que los que salen en prensa, mira lo que dice su letrado Álvaro Reizabal:
¿Ha denunciado el PP la violencia en Irak o el golpe de estado de Franco? ¿lo ilegalizamos?
Perico, La justicia no es venganza. Este individuo ya ha cumplido condena por sus asesinatos. Ha sido aislado, torturado, dispersado… durante su condena. Luego, cuando va a salir le eliminan sus beneficios carcelarios y lo vuelven a dejar en el trullo. Cuando cumple íntegramente la condena, se inventan un caso —como dijo el ministro de Justicia— y lo siguen condenando. El terrorismo está haciendo que acabemos con principios de nuestra democracia. Este hombre en vista de las injusticias ha decidido protestar de la única manera que puede hacer, autolesionándose hasta la muerte para denunciar su anómala situación. Galindo está en la calle, Vera también, muchos etarras condenados en firme han sido puestos en libertad por estar gravemente enfermos y este individuo está en la cárcel por hablar mal de unas personas, no por otra cosa.
Está claro que es fácil dejarse llevar por los deseos de venganza, es humano, pero hay que ver las cosas con perspectiva y frialdad. De hecho los jueces que llevan el caso lo iban a soltar y no lo han hecho porque los fascistas han movido bien sus piezas mediáticas y las de la judicatura. Y no deben ser nada sospechosos porque son los mismos que lo han dejado en el talego…
Es lo mismo que ha pasado hoy, unos niñatos menores, colgados y llenos de odio han destrozado las flores de la tumba de Ordóñez, están procesados por terrorismo… flipo
Estoy alucinando con el “matizador”. Tiene auténtica madera de manipulador. Ha incurrido en más falsedades en sus dos comentarios que un editorial del Mundo. Si lo que quieres es que te fichen en la plantilla de algún medio «democrático», te lo estás currando Sun Tsu. Sigue así. quizás ya estás en plantilla, no lo se.
Vamos por partes. La primera y más grave falsedad de todas las que ha incurrido es la de que la defensa de De Juan asumía la comisión del delito:
«Lo que está recurrido ante el Tribunal Supremo (TS) no es la sentencia por comisión de delito, es decir, la defensa no pone en duda que el delito de amenazas exista o se haya cometido, sino la dureza de la condena. Aduciendo para ello que el Tribunal no tuvo en cuenta el atenuante de desconocimiento de comisión de delito por parte del condenado.» ¿¿¿¿¿?????
De donde te has sacado eso??? Qué pretendes, ir de enterado? No lo puedo entender… La defensa pidió en el juicio la libre absolución y eso es demostrable y coherente con la lógica más elemental.
Segunda sandez:
«El delito de amenazas está tipificado en nuestro código penal a través de su artículo 169, y penado con Prisión de 30 meses a 5 años, y su texto es el siguiente»
Otra mentira. Se le condenó en base al artículo 572 1.3º del código penal que es de amenazas terroristas y que conlleva una pena de entre 10 y 15 años. Lo del artículo 169 sólo existe en tu imaginación.
Tercero. Como ya te ha dicho Juanlu. Si crees que los artículos que escribió De Juana son constitutivos de un delito de amenazas es que te ciega el odio. Si le das ese artículo a cualquier persona de otro país y le preguntas que le parece, no te hablaría nunca de delito de amenazas, ni de nada parecido. Me parece perfectamente legítimo que consideres escasa la pena de 18 años por 25 asesinatos. Puedo estar de acuerdo. Pero has demostrado que para poder argumentar que la sentencia sobre amenazas se ajusta a derecho es imprescindible mentir y manipular. Ya lo habíamos comprobado con la brunete mediática. Además, eso no te convierte en James Brown, más bien te convierte en el cantante de Los Nikis. Por favor no me toques encima a James Brown,
Cuarto, podemos argumentar lo de «las leyes antidemocráticas» pero llevaría mucho tiempo. En tu opinión, entiendo, sería democrático que un partido con mayoría absoluta estableciera las premisas que considerará oportunas para hacer a los demás pasar por el aro, o en caso de negativa, ilegalizarlos. ¿Quién va a ser el siguiente? ¿Esquerra? Consideras coherente con la democracia la legalización de la tortura que ha puesto Bush en marcha recientemente??
Por último, si que veo que no te olvidas de lo que es una dictadura. Con la defensa de este tipo de posturas podrías ser un juez del tribunal de Orden Público Franquista, y a la vez ser el más demócrata d(el) Mundo.
Te doy una idea. Puedes acusarme de intentar defender a un asesino y no a las victimas, eso queda muy lucido siempre en los media…
Luis, que en el juicio se pida la libre absolución no implica – estaría bueno- que la apelación se haga sobre la libre absolución, es más, no se hace nunca a no ser que existan defectos de forma en el juicio, que no es el caso – leete la ley de Enjuiciamiento Criminal o algo sobre Derecho Procesal Penal-. Lo de enterado y manipulador te lo puedes meter por donde te quepa, ignorante. Las apelaciones presentadas ante el TS son públicas, mueve el culo igual que lo moví yo y consíguete una copia, que no cuesta tanto. Te puedes dirigir a la base de datos del Arantzadi o a cualquier página de Derecho con cierto peso. En mi modo manipulador de verlo te aconsejo la primera. Que no sólo de leer la Haine vive el hombre, y hacerlo en exclusiva es de paletos.
Sí, el terrorista ha sido condenado en relación a un delito de amenazas terroristas tipificado en los artículos 572.1.3′ y 579.2′ del Código Penal, y alternativamente un delito de coacciones del artículo 172.2 en relación con el artículo 574 del Código Penal, en concurso real con un delito de exaltación del terrorismo del artículo 578 o del mismo Texto Legal. Y del citado delito responde en concepto de autor del artículo 28 del Código Penal, concurriendo en el delito la agravante de reincidencia del artículo 22.8 del Código Penal. En donde procede imponer las siguientes penas:
A) Por el delito de amenazas terroristas del artículo 572.1.3′ la de 13 años de prisión e inhabilitación absoluta durante 20 años y costas.
B) Por los delitos recogidos en la calificación alternativa, en su caso, procede la imposición de una pena de dos años de prisión y ocho de inhabilitación por el delito del a artículo 172.2 en relación con el artículo 574 del
Códligo Penal y otros dos años de prisión y ocho de inhabilitación por el delito del articulo 578 del Código Penal….
… y todo ello no quita que el delito de amenazas esté tipificado en nuestro códico penal a través del artículo 169 con penas de 30 meses a 5 años, que es lo que quería decirle a quien se lo dije, que ese delito existe. Por otra parte, si vas al blog de Lüzbel, verás que ya le explico a él que se le condenó por amenazas terroristas y que no era lo mismo – lo de inventarme el artículo… ¿Tú has visto alguna vez un libro que se llama Código Penal? Me da que no ¿Aunque no sé si eso lo invalida, es decir, que no le hayas visto ni el forro? Lo dudo.
Que yo crea o no que los artículos en cuestión sean o no constitutivos de delito es del todo irrelevante, la realidad es que un asesino terrorista convicto, confeso y reincidente señala directamente, palabras textuales del asesino, al juez Gómez Bermúdez – estrella meteórica labrada sobre el sufrimiento vasco-, al ministro López Aguilar – el sentido utilizado por el enemigo (…) ¡Sacad vuestras sucias manos de Euskal Herria» »;Si,
sacadlas, porque otro camino sólo implica más sufrimiento! O el
futuro terminará demostrando, sin duda que os quedasteis sin
ellas– ¿Realmente hay alguien a quien esto no le suene a amenaza? Porque si lo que me estás diciendo es que esto no es una amenaza, tú lo que eres es un demagogo de mierda. Hay más si quieres que lo ponga, mi querido ignorante.
En cuanto al resto… me importa un pijo que defiendas a quien te dé la gana, pero no me pongas como excusa que estás defendiendo la democracia o que existen leyes «antidemocráticas», y no tienes ni la más repajolera idea ni de que es, ni de como funciona, ni siquiera el color que tiene el papel en el que dichas leyes están escritas.
Ah, y antes de que me vayas a saltar con la de siempre como todos los de tu cuerda. Si crees que alguna ley es antidemocrática, con que la lleves al TC (espero que sepas lo que significan estas siglas), tienes y te sobra… A no ser que el TC también pertenezca a los media, y la Constitución sea la primera ley antidemocrática de este país, que tampoco me extrañaría que lo dijeras. No me coge de nuevas.
Y a propósito, antes de que se me olvide, la próxima vez que vayas a acusar a alguien de algo intenta primero leer un poco, sobre todo si es algo relacionado con leyes, que estás así como lelo – iba a decir verde, pero te va más lo de lelo-.
P.D.
Claro que siempre te queda la opción de presentarte a juez del TS… a lo mejor así te hacen las apelaciones a medida… es una idea.
Juanlu, es evidente que eso no se ajusta a derecho y que, por lo tanto, se desestimará. Pisotear unas flores, es más, ni siquiera pintar sobre la tumba del cristiano ese, es terrorismo, y no pasará el filtro, que para eso está.
Ôo-~
«Sun Tsu, tienes razón en muchas cosas. Han estado de más algunos de los insultos que incluí en mi anterior comentario. Pido disculpas por ello. Siempre he opinado que el anonimato de las red no puede convertirse en excusa para proferir insultos. No he sido coherente conmigo mismo y retiro los insultos.
A parte de esta introducción.
Para tu información he visto una copia de la sentencia y de ahí fue de donde saque los artículos en que se basó la condena. Sigue sin coincidir con lo que tu comentas. No pone en ningún punto que la defensa acepte que el acusado ha cometido un delito de amenazas terroristas. Te habrás leído el código penal muchas veces pero sigues sin ajustarte a los hechos.
Seré un demagogo de mierda, pero si las palabras de los artículos de De Juana constituyen un delito de amenazas (terroristas o no) , tú que estás por encima de la demagogia deberías pedir con la misma vehemencia que se procesará a prácticamente todos los periodistas de este país. Fíjate que si consigues su procesamiento podrías hasta conseguir un hueco en alguna tertulia, que seguro que sueñas con ello.
He leído los dos artículos de De Juana y sabes perfectamente (aunque no lo vas a admitir nunca) que si eso lo escribe cualquier otra persona, estarías defendiendo la misma postura que yo. Y sabes también perfectamente que muchos juristas, entre ellos catedráticos de derecho (demagogos de mierda también, supongo) califican este caso como un ejemplo flagrante de derecho penal de autor, algo que encajará muy bien con tu idea de democracia pero no con la mía.
Lo que me resulta igualmente increíble es que te creas que hace falta ser licenciado en derecho para saber qué es la democracia, y por eso sólo lo sepas tú y tus compañeros de licenciatura.
Acudir al TC a denunciar la ley de partidos cuando PP y PSOE la apoyan es un mero ejercicio de inutilidad dado que no hay nada que se parezca una independencia real del poder político en tu democracia.
No tienes ni idea de cual es mi cuerda, ni siquiera te acercas. Creerás que soy un defensor de la lucha armada, okupa anti sistema o algo similar. te equivocas. Simplemente me resulta inconcebible que en mi país se pueda condenar a alguien a 12 años de carcel por escribir dos artículos. Aunque fuera un violador de niños. Se que no lo puedes entender, tu sentimiento de superioridad te lo impide y tu código penal no te ayuda
A parte de todo esto. Ni te acercas a la realidad sobre mi afición a la Haine, no visito nunca esa página, pero en favoritos tengo Libertad digital y la Razón. Te creerás que todo el que no esté de acuerdo con tu línea oficial es un peligroso terrorista.
Por cierto, ¿porque no argumentas un rato sobre el 18/98? Veremos en que acaba el democrático juicio…»
Principando porque acepto las disculpas por el tono…
… lo que quiero decir es que lo expuesto a lo largo del juicio por parte de la defensa no tiene nada que ver con lo expuesto en la apelación, que es un, llamémoslo así, proceso aparte, a no ser que la defensa tipifique algún tipo de defecto de forma en el juicio. Y no es este el caso. Se apela en relación a 5 atenuantes que, al parecer, el tribunal no tuvo en cuenta, uno de ellos el de desconocimiento de comisión de delito – el propio De Juana expuso de palabra en el juicio que desconocía completamente que estuviera cometiendo un delito cuando escribió lo que escribió-, el atenuante de peligro vital – este será del todo desestimado tal y como lo ha desestimado la Audiencia, bajo mi punto de vista y siempre hablando jurídicamente, con toda razón- y otros tres que tienen que ver con el aspecto de los cumplimientos de condena – también bajo mi punto de vista, y siempre hablando jurídicamente, estos serán los que rebajarán la pena desde los 12 a entre 6 u 8 años de cárcel-.
Si me estás diciendo que en palabras como estas: «¡Sacad vuestras sucias manos de Euskal Herria; Sí, sacadlas, porque otro camino sólo implica más sufrimiento! O el futuro terminará demostrando, sin duda que os quedasteis sin ellas», no son una amenaza a las personas que nombra en ese artículo, o que estas no son de señalamiento: «En esta prisión de Algeciras, la señora Gallizo destituyó al director Miguel Ángel Rodríguez, alias el Tragasables. (…) me parece reconocer un rostro de desagradables recuerdos. Tiene el pelo blanco y la apariencia muy envejecida, aunque no será por la conciencia que le perturba. (…) Es Francisco Sanz, Subdirector de la prisión de Málaga. Director del Salto del Negro, de Puerto 11, del C.P. de Huelva (…) La lista de los nuevos nombramientos es larga, hasta 21 nombres y 10 más por cambio de destino. Algunos apellidos me hacen rebuscar en la memoria. (…) Funcionario de prisiones de confianza, tanto que prestaba su despacho de madrugada en la prisión de Almeria para que se celebrasen conversaciones secretas entre enviados del Gobierno y representantes de una organización revolucionada armada que NO es ETA. (…) Jesús Eladio del Rey Reguillo, alias el Tirillas, nombrado nuevo director del C.P. de Valdemoro. (…) Manuel Martínez Cano, alias el Momios, nombrado nuevo director del C.P. de Jaén. (…) Antonio Diego Martín. Nombrado director del C.P. de Puerto 11», me da la impresión de que hemos leído diferentes cosas. Tú lees unos artículos escritos por una persona, yo veo unos escritos hechos por un asesino convicto, confeso y reincidente que amenaza claramente y señala objetivos concretos y concisos. Y mi apreciación es púramente jurídica, no política. Las apreciaciones jurídicas no deben, ni pueden, tener ningún tipo de apreciación política, eso es hacer demagogia.
Y para que veas que es una apreciación jurídica te pondré el ejemplo completo del asesino y violador de niños, que tanto te ha gustado. Si un asesino y violador de niños convicto y confeso que va a salir de la cárcel, la policía le pilla un artículo en cualquier revista pedófila, que haberlas hailas, como The nurse peer, por ejemplo, en el que describe el derecho de cualquier persona a tener sexo con niños viéndose en dicho artículo la foto de un niño desnudo – siendo ese niño un antiguo vecino del asesino y violador-, el buen hijo de perra no saldrá de la cárcel porque será acusado de pedofilia, de nuevo, y de señalamiento al menor a otros pedófilos. Si a esto le sumamos que el asesino violador de niños se pone en huelga de hambre porque dice tener derecho a la libertad de expresión, teniendo dicha libertad de expresión límite en la dignidad de las personas y en su derecho a la seguridad, habiéndo sido condenado, como poco, entre 8 y 15 años, cosa de la que me congratulo, aunque hubiera apelado, ¿habrías escrito un artículo titulado «La derecha condena a muerte a Perico de los Palotes, violador y asesino de niños»? No me hagas reir. Y si no lo escribirías, que imagino que no, ¿por qué entonces si lo haces sobre el mismo caso pero en relación a un asesino convicto, confeso y reincidente? ¿Es que el violador y asesino de niños tiene menos derechos que De Juana Chaos?… perdona, la pregunta está mal hecha, ¿Es que De Juana Chaos tiene más derechos que el violador y asesino de niños? Según la ley NO. Entonces, si le doy la vuelta a la pregunta anterior ¿porqué se supone que no harías el artículo sobre el asesino y violador de niños? ¿Tiene menos derecho a que lo defiendas?
Quisiera hacer un inciso sobre algo que creo que ya he aclarado, pero para no dejar dudas. Cuando una persona escribe un artículo, sea el que sea, puede cometer varios delitos, ya digo, la libertad de expresión tiene como límite la dignidad de las personas y su derecho a la seguridad, y puede incurrir en esos delitos de forma no deseada, determinar eso es cosa de los tribunales a fin de asignar atenuantes o agravantes a la acusación, que para eso están. Si esa persona no tiene antecedentes penales, e incluso que aún teniéndolos esos antecedentes penales no tengan relación con el delito cometido, si además ese artículo no pone el peligro la seguridad de aquellos a los que nombra en el, ese autor posiblemente se vaya para casita con una pena administrativa, consistente en una multa, o puede que algún fin de semana de reclusión domiciliaria. Cuando el mismo delito es cometido por una persona con antecedentes penales relacionados con terrorismo, y ese artículo incide en las mismas tesis que llevaron al autor a cometer asesinatos y a inducir a otros a cometerlos, exponen amenazas y ponen en peligro cierto a personas determinadas al señalarlos a aquellos que siguen asesinando en nombre de esas mismas tesis… pues como que lo que le puede caer es lo que le ha caido a De Juana.
En cuanto al TC… Si lo que me estás diciendo es que una ley como la de Partidos, que lo único que pide es que se condene la violencia como forma de reivindicación de objetivos «políticos» – y lo pongo entre comillas porque un objetivo político defendido por el asesinato, el secuestro y la extorsión dentro de nuestra democracia tiene de todo menos política- para poder acudir como partido político a las elecciones, es anticonstitucional, y que llevarla al TC es un ejercicio baladí, porque esa ley fue aprobada por una mayoría tremenda dentro del Parlamento… pues que quieres que te diga, quien te crea las dos falacias que te compre. No cuela. Me gustaría mucho saber si una ley orgánica que fue aprobada también por una mayoría del Parlamento como el Estatut de Catalunya no tiene respaldo constitucional para ser aprobada tal y como dice el PP – ya digo, es lo que tiene la inconsecuencia de lo que se dice, porque poner en duda una cosa en base a que fue aprobada por unos, en mayoría parlamentaria, pero no otra cosa que también fue aprobada por mayoría parlamentaria, no siendo ninguna de las dos revocadas por el TC… malo, malo. A lo peor resulta que las dos cosas son constitucionales y todo y por eso no han sido revocadas, vete tú a saber-.
Nadie ha dicho que para saber lo que es la democracia haya que ser licenciado en derecho. Lo voy a repetir porque no sé si es que me explico mal. Si lo que quieres es discutir una decisión judicial lo menos que puedes hacer es leerte la sentencia, ver en que leyes se basa la argumentación, y si esta se ajusta a Derecho – eso es lo único que debe hacer la ley y debe preocupar a los ciudadanos que confían en el Estado de Derecho, o sea, la mayoría de los españoles, vascos y catalanes incluidos-. Otra cosa muy diferente es que esas leyes en las que dicha argumentación se basa no te gusten – pero es que esa es otra película-, o que la sentencia te parezca abusiva – en ese caso existen los mecanismos legales como para que dicha sentencia sea filtrada (es el caso de la sentencia a De Juana Chaos llevada al TS)-. Y lo que más gracia me ha hecho es que cuando no se hace una crítica en estos términos, no nos estamos dando cuenta de que ponemos en duda el Estado de Derecho, que es esa entelequia jurídica que amplia y defiende nuestros derechos y limita nuestras responsabilidades, es decir, un buen cacho de lo que es la democracia que disfrutamos.
No ser consecuente con aquello que se defiende, lo que se cree, y no ser selectivo a la hora de poner algún punto sobre la i de algo que no nos gusta, sobre todo por ignorancia sobre aquello en lo que ponemos énfasis, sin ser consecuentes con precisamente eso, aquello que se defiende y se cree, desacredita las dos cosas y las convierte en algo usable cuando debería ser algo inamovible. Y no hablo de la política, la política es el arte de la esgrima, el arte de lo posible. Hablo de principios. Y como persona de izquierdas, como persona que me presumo honrada y consecuente no puedo dejar de pensar que artículos como el tuyo son la visión sesgada de una realidad que no tiene que ver con la política, sino con la ley. Y la ley es la ley.
En este país no se condena a nadie por escribir dos artículos, se condena a un asesino reincidente que amenaza y señala a personas muy determinadas como objetivos para asesinar. Quisiera aclararte también que no es «mi» código penal, es el de todos, porque ha emanado de todos, porque todos lo hemos respaldado con nuestros votos a nuestros representantes democráticos, porque esto es una democracia. No soy superior a ti, sólo soy yo.
Y si quieres argumentos sobre el 18/98… ¿No deberías leértelo primero para poder opinar sobre el? También es público.
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Sun, unas breves respuestas. A de Juana se le construye un caso para que se quede en prisión, tal y como anunció el propio ministro de justicia. Se le aplica inmediatamente una sentencia a pesar de que no es firme. Se le condena desproporcionadamente como nunca se ha hecho en la democracia de nuestro país por «amenazas leves». Se pone en huelga de hambre como protesta y los jueces que llevan el caso pactan arresto domiciliario o prisión atenuada. La brunete mediática toca a rebato y el pleno le sustrae el caso a la sala, como hay mayoría conservadora lo dejan en el hospital a pesar que puede morir en dos semanas aunque se le alimente con sonda. El PSOE y la fiscalía aceptan el traslado a su domicilio pero el PP y los jueces fachas abortan el pacto.
Y todo esto en un contexto donde el gobierno pretende retomar el maltrecho proceso de paz y donde la suavización de la situación de De Juana puede ser una baza fundamental. Su muerte traería más violencia y pondría más distancia en la solución final del conflicto vasco. La derecha lo sabe y lo frustra. De Juana es uno de los presos históricos que estaba impulsando el proceso de negociación. Prefieren que muera y a eso juegan con sus jueces que sin visión de estado y con visión de partido prefieren mirar para otro lado y hundir aún más la historia para hacer más daño al gobierno.
Si todo eso te parece bien, pos vale… a mí desde luego no.
Juanlu, es decir, que por un delito cometido en diciembre de 2004, y denunciado en primera instancia en enero de 2005, que recibió Auto de Conclusión en junio de 2005 por parte del Instructor, siendo apelado por el ministerio fiscal y desestimado el 17 de junio, y elevado siendo abierto Auto el 7 de julio, dictándose Auto posterior de 28 de julio y otro posterior de 9 de agosto, ¿¿¿Se le construyó un caso??? Me gustaría mucho que alguien me dijera como se puede construir un caso, teniendo en cuenta que los artículos en cuestión son publicados a finales de diciembre de 2004, y denunciado en primera instancia en enero de 2005. Yo diría, con lo poquito que sé de leyes y de enjuiciamiento criminal, que para construir un caso, si hago cierta cuenta de la cantidad de gente que interviene en la realización de Autos, elección de juez y sala, información a las partes y creación de sala… que eso es imposible. A no ser, claro, que estemos hablando de una conjura en la que han intervenido más de 200 personas… ¿Es de eso de lo que estamos hablando? ¿Existe una oscura conjura que convierte a estos más de 200 funcionarios públicos, entre fiscales de Juzgado Central, Fiscalía General del Estado, administrativos de Juzgado Central, administrativos de la Audiencia, secretarios de jueces, secretarios de fiscales, instructores, procuradores, etc, etc, en cómplices de un crimen de prevaricación… como poco? Ôo! me da la impresión de que es más fácil que pase un camello por el ojo de una aguja, si se me permite el símil cristianizante…
Seamos claros, aquí los políticos pintan bien poco, y los media de los que habla Luis, menos. Que al PP o al PSOE les parezca mal o bien una sentencia determinada es irrelevante. No existe el delito de amenazas «leves», o existe el delito de amenazas terroristas, o no existe. La sala de la Audiencia Nacional dice que sí, y en relación a ello dictamina la condena y encarcelación del condenado. Es el condenado quien apela a posteriori dicha sentencia en los términos que crea conveniente, tiene todo el derecho del mundo a ello, cosas del Estado de Derecho que tan poquito gusta a según quien. Es más, que el PSOE crea mejor que se permita a De Juana irse a su casa, o que el PP piense que lo mejor sería sacarle los higadillos, se la trae al pairo a la ley. Aunque está claro que el PSOE, como gobierno, tiene potestad, una vez haya sentencia en firme, para indultar a De Juana, si así lo cree oportuno. En cuanto a que los jueces sean fachas o no… tampoco es relevante. Si un juez se salta la ley a la torera por razones ideológicas o cualquier otra, hace que la justicia se levante aunque sea un poquito la venda, es tal el filtro que ha de pasar su sentencia – aunque esta sea por condena en relación a multas impagadas- que es imposible que se permita. Ese es el fondo y la realidad de la ley. Y queda bien eso de elucubrar conspiraciones, pero esto no es Estados Unidos, y De Juana no es JFK.
Bajo mi punto de vista, dicho de forma personal, retormar el proceso de paz es algo deseable, por supuesto, y así lo espero, pero no a costa de la ley, porque precisamente es la ley y el Estado de Derecho lo que nos diferencia de esos animales que son los etarras. Me parece muy bien que De Juana abogue por el diálogo, ojalá muchos más lo hagan – aunque leyendo los articulitos en cuestión es difícil creérselo, pero demos por bueno pulpo como animal de compañía-, la realidad es que su huelga de hambre, foto de flaco con el puño en alto, no sólo es que no le haga ningún bien al proceso, sino que además el muchacho piensa que lo convierte en algo más que un preso, peor para él.
Sólo para que lo tengas claro un juez no tiene que tener visión de Estado, sino visión clara de la ley. Para tener visión de Estado están el gobierno y la oposición, y han de tener esa visión dentro del Estado de Derecho, dentro de la ley, o algún juez se encargará de que lo entiendan.
Ah, y el cumplimiento de la ley no hace daño a ningún gobierno, es el incumplimiento de la misma lo que daña no sólo a los gobiernos, sino también a los ciudadanos, a la sociedad y a la democracia, de ahí la existencia de tanto filtro y el derecho de apelación incluso a 4 tribunales con reconocimiento vinculante. Además, sino recuerdo mal eso es lo que Luis, y tú anteriormente, imputais a los jueces, que no cumplen la ley.
Distingamos.
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Juanlu, que se me quedó en el tintero. Ahora mismo Ibarretxe está imputado por reunirse con representantes de batatasuna. El doctrinal del TS es muy claro al respecto, no existe delito. Da igual que esos jueces hayan decidido llamarlo a declarar, imputarlo en relación a dicha reunión e incluso dictar sentencia condenatoria. El mismo día que dicten sentencia, si es que tienen los huevos de no hacer caso al doctrinal – cosa que dudo mucho-, esa sentencia no tendrá validez, y además conllevará un conminatorio y una denuncia por daños y perjuicios, así como otra por prevaricación.
No sé si me explico lo suficiente con lo de los filtros que han de pasar las sentencias.
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Dichoso tú que crees en una justicia imparcial y justa… yo no me lo creo, qué quieres que te diga, pero ni de lejos. Y los filtros que tanto alabas pueden llegar años después de haber cumplido su misión los autos, como algunas garzonadas sonadas…
Juanlu, es que es imposible ser demócrata sin creer en la independencia judicial y por lo tanto en la realidad del Estado de Derecho como forma de defensa de nuestros derechos y limitación de nuestras responsabilidades. Y ya tú ves, en eso de que la justicia cuando se trata de aplicar los filtros es lenta y remolona te doy toda la razón. Eso sí que debería ser una aspiración de toda la izquierda, la mejora de aplicación de los filtros, como la instrucción, la apelación y la refrenda de las medidas doctrinales en juzgados menores – que es lo que sería de aplicación con respecto al juzgado que lleva el caso Ibarretxe-. En eso sí estaría de acuerdo contigo y con cualquiera.
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Disculpas por responder tan tarde. Obligaciones laborales y familiares me han tenido unos días alejado de la red.
Tampoco tengo mucho tiempo ahora y te has explayado a gusto, por lo que me limitaré a tocar algunos puntos.
Sigo sin tener esa confianza ciega y, sin acritud, dogmática, en los mecanismos legales. Cualquiera que lea tu defensa entusiasta del aparato de justicia, a la que lo único que cabe achacarle es una cierta lentitud, pensará que la humanidad ha alcanzado el summum del desarrollo social y que a partir de aquí solo cabe acelerar… para llegar a la perfección. Bueno, cuando digo humanidad me puedes matizar que no te refieres a todo el planeta. De acuerdo.
De nuevo podemos poner el caso de varios episodios históricos de los cuales me gustaría conocer tu opinión. Uno es la alemania nazi. Impecablemente democrática, al menos eso es lo que me enseñaron en la escuela. Qué filtros no existían en aquella época? o dicho de otra forma ¿qué diferencia nuestra justicia de la suya?
Otro ejemplo que merece comentario especial. La democracia de EEUU. ¿Qué filtros no tenían ellos para que hasta los años 60 se permitiera la discriminación legal de la población negra? ¿o la caza de brujas de Macarthy unos años antes? ¿No eran igual de democráticos que lo somos nosotros ahora?
¿Qué filtros fallaron para permitir el cierre de Egin por un delito del que nunca fue condenado, pero que a efectos reales cerró el periódico (que es lo que pretendía, obviamente)? ¿Qué pasará con Egunkaria?
Otro ejemplo, mucho más actual en nuestro país. ¿qué filtros fallan para permitir la práctica habitual de la tortura? ¿Para que, cuando algún funcionario, conforme a tu tesis, es condenado, sea inmediatamente indultado? Esto no lo digo yo, si no Amnistía Internacional.
Volviendo a De Juana, me parece bueno tu símil del violador de niños. Me puede acercar un poco a entender tu postura, pero aún así me sigue pareciendo desmesurado y sigo sin ver las amenazas. El señalar a una serie de personas en un artículo no implica abajo ningún concepto que los estés amenazando. ETA no establece sus objetivos leyendo la prensa. Ni siquiera el Gara, por mucho interés que haya en pensar lo contrario.
Por último, respecto a la «construcción» del caso. De Juana no es JFK, de acuerdo, pero si te parece ajustada la condena de 12 años y 7 meses (habló de memoria), ¿lo era la de 96 anterior? O dado que el sistema es perfecto (aunque remolón) , fuera quién fuera el fiscal general, se hubiera rebajado la condena a esta que es la justa o a la de 8-9 años que señalabas en un comentario anterior. O sea que si hubiera seguido gobernado el PP, Jesús Cardenal también hubiera actuado de la misma forma que Conde Pumpido, o ¿estoy equivocando el procedimiento seguido en este caso?
Seamos claros. A todos nos jode que un asesino de 25 personas salga a la calle sin dar muestras de arrepentimiento, incluso después de 18-19 años y cabe inventarse cualquier excusa porque este es un claro ejemplo de aquello del fin justifica… Por supuesto que no todos los funcionarios se reunieron en conclave para decidir condenar a De Juana, si no que les unía el sentimiento común de odio a este siniestro personaje y con eso, a mi entender, es suficiente y mucho más efectivo que mil conspiraciones. A algunos como a mi o a Juanlu, no nos parece adecuado esta procedimiento, y espero que dentro de unos años nuestra perfecta democracia no decida que quién critique una sentencia de este tipo será desposeido de algún derecho elemental, y nos veamos en la ilegalidad. Bueno, que tontería, para eso están los filtros…
Obviamente, el comentario anterior era para Sun Tsu,
Juanlu eres un cateto.
Estudia un poco mas y documentate antes de escribir.
Ah … y sacate algo del veneno ese que tienes contra la otra media españa esa que odias … porque el odio destruye la virtud …
¿porque sí? ¿algún argumento? ¿tienes alguna idea? aquí podrás expresarla…
😆